El Justicia

Historia

El Estatuto de Autonomía de Aragón volvió a dar vida una institución propia del Reino de Aragón abolida en 1707 junto a los Fueros, la Diputación y las Cortes.

Es en 1115 cuando aparece por primera vez la denominación de Justicia del Rey, referido a Pedro Giménez, en un privilegio concedido por Alfonso I El Batallador a los pobladores de Zaragoza.

Dicho cargo, que debió corresponder al de un asesor de la curia real, paso a convertirse en una institución propia del Reino en las Cortes de Aragón celebradas en Ejea en 1265, estableciéndose ya como un juez medio que dirime los conflictos entre el Rey y la nobleza.

En 1283 el Privilegio General de Aragón confirma este carácter mediador, ampliando su jurisdicción a los pleitos y causas entre los propios nobles.

A lo largo del siglo XIV, el prestigio y la presencia institucional del Justicia se ve incrementada: no solamente es el intérprete del ordenamiento foral, sino que su presencia en las Cortes, presidiéndolas en ausencia del Rey, refuerza su posición entre las instituciones del Reino.

Ante el Justicia, los reyes deben jurar el cumplimiento de fueros y observancias bajo la conocida formula: “Nos, que somos tanto como vos y todos juntos valemos más que vos, os hacemos rey de Aragón, si juráis los fueros y si no, no.”

En el ejercicio de su función jurisdiccional destaca en los casos relacionados con los derechos y libertades, a través de los procesos forales de firma de derecho y de manifestación

Mediante la firma de derecho, un demandado garantizaba su sumisión a la sentencia sin tener que prestar fianza, tratando así de evitar que los mismos pudieran verse privados de la posesión de sus bienes durante el proceso.

Con el Proceso de Manifestación, los aragoneses solicitaban la intervención del Justicia para evitar una detención arbitraria o un proceso no ajustado a derecho, con violencia o tormento. Para ello el detenido quedaba bajo el amparo del Justicia en la llamada Cárcel de los Manifestados donde permanecía hasta recibir sentencia, sin que ninguna autoridad pudiera tener acceso al mismo.

La importancia política del Justicia ni hizo sino aumentar por sucesivas resoluciones de las Cortes. No podía ser arrestado, detenido ni molestado por el Rey ni ninguna otra autoridad.

Desde 1442 se considera cargo vitalicio, sin posibilidad de destitución y adquieren mucha relevancia los Lugartenientes, de tal forma que se pasa de una magistratura personal, la del Justicia, al Justiciazgo como institución.

Mientras tanto, contribuyendo a reforzar el carisma de la Institución, desde el siglo XIII al XVI, va tomando cuerpo la leyenda de los Fueros de Sobrarbe, que a través de distintos cronistas y juristas pretende dar fundamento histórico a las peculiaridades forales aragonesas, exaltando el origen y dignidad del Justicia que se quiere anterior al Rey.

La leyenda recogida por Zurita y posteriormente por Blancas sitúa uno de los Fueros de Sobrarbe en estos términos: “Para que no sufran daño nuestras libertades velará un juez medio, al cual será lícito apelar del rey si dañase a alguien y rechazar las injurias si tal vez las infiriese a la república”

Con todo ello, vino a considerarse la institución del Justicia como la mejor garantía de los derechos de los aragoneses y como modelo en la defensa de las libertades frente a la arbitrariedad del poder.

Las tensiones surgidas ante los incumplimientos y omisiones del poder real frente a los fueros, y la tarea de protección de estos encomendada al Justicia hace que se generen tensiones entre este y los reyes cuyo cenit se alcanza en 1591.

Las revueltas ciudadanas conocidas como las Alteraciones de Aragón acabaron con la decapitación del Justicia Juan de Lanuza V el Mozo por enfrentarse a la voluntad del rey Felipe II de España, que había entrado en el Reino de Aragón con ejércitos para reducir las revueltas que se estaban produciendo, debido al intento del Tribunal de la Inquisición de aprehender y procesar a Antonio Pérez, natural de Guadalajara pero de familia aragonesa, acogido a la jurisdicción del Justicia Mayor mediante el derecho de Manifestación.

En las Cortes de Tarazona de 1592 se establecieron importantes restricciones a la figura del Justicia, que pasa a ser nombrado por el Rey, y a las atribuciones de la Diputación del Reino.

Felipe V, que había jurado en 1701 los Fueros ante el Justicia Pedro Valero suprimió definitivamente la figura del Justicia, así como el resto de las instituciones aragonesas y los Fueros de Aragón por medio de los Decretos de Nueva Planta.

Únicamente quedaron en vigor los referidos al derecho privado que permanecen hasta nuestros días y que conforman nuestro Derecho Foral.

La figura del Justicia de Aragón reapareció en 1982 recogida en el Estatuto de Autonomía de Aragón y amparada por la Constitución de 1978.

Las actuales competencias de la figura del Justicia, no se corresponden con las que tuvo en su origen, dimanantes del nacimiento del Reino de Aragón, aunque sí se buscó que tuviera una posición institucional y unas funciones que bien pudieran ser sucesoras de aquéllas.

El  jurista y ponente de nuestro Estatuto de Autonomía, José Luis Merino, escribió que las funciones del actual Justicia se inspiraron en la definición que López de Haro hizo del mismo, como: “…defensor de los fueros y observancias; centinela de las libertades de Aragón y vigía de la constitución organizadora del Estado”.

Por ello, como “defensor de fueros y observancias”, hoy se configura como garante del ordenamiento jurídico aragonés; como “vigía de la constitución del estado”, actualmente tiene como una de sus funciones la de defensor del Estatuto; y, en el caso de “centinela de las libertades de Aragón”, es el valedor de los derechos individuales y colectivos.

En definitiva, Aragón recuperó con la autonomía, una Institución que había permanecido desde su abolición con los Decretos de Nueva Planta, en el subconsciente de los aragoneses durante siglos.

El primer Justicia de la etapa moderna fue Emilio Gastón, designado por las Cortes de Aragón en 1987, en un acto cargado de simbolismo que se celebró en el Salón de Obispos del Palacio Episcopal de Tarazona en una sesión plenaria extraordinaria.

Gastón juró el cargo ante las Cortes y con la presencia en la sala de la arqueta que contenía los restos óseos del Justicia Juan de Lanuza V.

Tanto la fecha como el espacio fueron elegidos de forma simbólica, ya que, en ese mismo Salón de Obispos, el 2 de diciembre de 1592, Felipe II refrendó con su firma las Cortes de Tarazona de 1592, que supusieron el final de la concepción del Justicia como contrapoder al rey.

De esta forma, quedó restaurada esta institución, 395 años después de que en el mismo lugar fuese cercenada y despojada de su esencia y función.

En 1993 fue elegido Justicia Juan Bautista Montserrat quien ejerció hasta 1998, que fue sucedido por Fernando García Vicente hasta abril de 2018, momento en que las Cortes de Aragón eligieron a Ángel Dolado, titular de la Institución hasta el 20 de abril de 2023.

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