Admisión de alumnos en Alcañiz. Escolarización de dos hermanos que regresan por traslado en su Colegio de hace dos años. Educación DGA.
Información relativa al proceso educativo de los hijos, a padres separados o divorciados. Facilitar el ejercicio de los derechos-deberes que la autoridad familiar comporta, cuando ésta sea ejercida conjuntamente. Educación DGA
Sugerencia al Departamento de Economía y Empleo para que se extremen las precauciones para que tanto la información que se difunde a través de publicaciones escritas como por medio de la sede electrónica del Gobierno de Aragón sea correcta y veraz.
Escolarización de discapacitado en modalidad de integración en localidad próxima. Denegación de ayudas de comedor y transporte escolar. Educación. DGA
Convocatoria de anuncio para desempeño en comisión de servicios de puesto de administrador de Colegio Mayor. Adecuación a derecho de acuerdos firmados para la determinación de condiciones del personal. Deber de cubrir el puesto a través de funcionarios que reúnen los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo. Universidad de Zaragoza.
Altas y bajas de fichas federativas respecto de jugadores de fútbol menores de edad. Federación Aragonesa de Fútbol y Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.
Conveniencia de ofrecer alternativas a la exigencia de presentación de fotocopia del DNI para realizar gestiones de empadronamiento. Derecho de los administrados a no presentar documentos sobre datos que ya consten en poder de la Administración. Ayuntamiento de Teruel y DGA.
Sugerencia al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia para que promueva que en la Entidad Pública Aragonesa Banco de Sangre y Tejidos de Aragón se revisen los pliegos antes de su aprobación en orden a evitar que éstos contengan deficiencias no subsanables.
Tramitación de los acogimientos familiares. Duración de los mismos. Departamento Sanidad, Bienestar Social y Familia
Recomendación al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia para que controle el cumplimiento por los contratistas de las obligaciones fijadas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas de los Contratos en garantía de los principios de libre concurrencia e igualdad.